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Requisitos especiales para conocimientos de embarque en los principales puertos de América Central y del Sur

Así que Freight.com Así que Freight.com 2023-03-09 11:27:11

• Puertos de Brasil:

El conocimiento de embarque debe mostrar el flete, la identificación fiscal (CNPJ) de CNEE/NOTIFY, el CÓDIGO DE HS, el número de NCM y el peso de la tara. No se aceptan la liberación por télex, SEAWAY BILL y la liberación del puerto de destino, y solo se emite el conocimiento de embarque original..

• Puertos argentinos:

El CÓDIGO HS (NCM NO) debe mostrarse en el conocimiento de embarque (seleccione el valor más alto para múltiples nombres de productos). La aduana estipula que el conocimiento de embarque debe mostrar el código hs, y habrá una multa si no se muestra.Muestre el nombre completo, dirección, TEL/FAX/NÚMERO DE IMPUESTO (CUIT NO) de SHPR/CNEE/NOTIFY, y no puede hacer la liberación por télex y SEAWAY BILL, solo se puede emitir el conocimiento de embarque original y el conocimiento de embarque en el Se acepta el puerto de destino.

• Puertos de México:

El TEL/FAX/ID FISCAL de SHPR/CNEE/NOTIFY debe mostrarse en el conocimiento de embarque, se aceptan la liberación por télex y SEAWAY BILL, y no se acepta el conocimiento de embarque en el puerto de destino.

• Puertos chilenos:

El conocimiento de embarque debe mostrar el flete marítimo, no se aceptan TAX ID de CNEE/NOTIFY, telex release & SEAWAY BILL, solo se emite el conocimiento de embarque original y se acepta el conocimiento de embarque en el puerto de destino.

• Puertos dominicanos:

El conocimiento de embarque debe mostrar el flete, el TAX ID (NIT NO) de SHPR/CNEE/NOTIFY, si el nombre del producto es neumáticos, el número de chasis y la fecha de producción deben aparecer en el conocimiento de embarque. No se aceptan la liberación por télex ni SEAWAY BILL, solo se emite el conocimiento de embarque original y se acepta el conocimiento de embarque en el puerto de destino.

• Puertos de Uruguay:

Se debe mostrar el CÓDIGO HS de 4 dígitos de todos los nombres de productos en el conocimiento de embarque, se debe mostrar el nombre, la dirección y la identificación fiscal de SHPR, se debe mostrar el nombre, la dirección y la identificación fiscal de cnee (RUT NO) , y se debe mostrar el nombre, la dirección, el número de teléfono y la identificación fiscal de NOTIFY No. (RUT NO), no acepte la liberación por télex y SEAWAY BILL, acepte la factura de liberación en el puerto de destino.

• Puertos de Colombia:

El nombre/dirección de CNEE/NOTIFY/TEL/FAX/TAX ID (NIT N.°) debe figurar en el conocimiento de embarque. CNEE debe ser una empresa local en Colombia. No se aceptan telex ni SEAWAY BILL. Solo la factura original se emite el conocimiento de embarque y se acepta el conocimiento de embarque en el puerto de destino.

• Puertos venezolanos:

Se requiere la identificación fiscal de CNEE/NOTIFY en el conocimiento de embarque, no se aceptan la liberación por télex ni SEAWAY BILL, solo se puede emitir el conocimiento de embarque original y se acepta el conocimiento de embarque en el puerto de destino.

• Puertos de Ecuador:

Se requiere la identificación fiscal de CNEE/NOTIFY en el conocimiento de embarque, no se aceptan la liberación por télex ni SEAWAY BILL, y se acepta el conocimiento de embarque en el puerto de destino.

• Puertos costarricenses:

El flete debe mostrarse en el conocimiento de embarque, no se aceptan la liberación por télex ni SEAWAY BILL, y se acepta el conocimiento de embarque en el puerto de destino.

• Puertos peruanos:

El flete debe mostrarse en el conocimiento de embarque, solo se acepta el conocimiento de embarque original firmado y el conocimiento de embarque se acepta en el puerto de destino.

• Puertos de Honduras:

No se aceptan la liberación por télex ni SEAWAY BILL, solo se emite el conocimiento de embarque original y se acepta el conocimiento de embarque en el puerto de destino.

• Puerto de Guayaquil:

Se requiere el TAX ID de CNEE/NOTIFY en el conocimiento de embarque.

• Puertos de Jamaica:

Se acepta la liberación por télex y SEAWAY BILL, pero no se acepta la liberación del conocimiento del puerto de destino.

▎Otros puertos

Puerto de Guatemala: no acepta liberación por telex y SEAWAY BILL, acepta orden de liberación en el puerto de destino.

Puerto de El Salvador: No se aceptan liberaciones telex & SEAWAY BILL, y se aceptan liberaciones puerto destino.

Puerto de Nicaragua: No se aceptan liberaciones de télex y SEAWAY BILL, y se aceptan liberaciones de puerto de destino.

Puerto de Puerto Rico: Acepte la liberación por télex y la FACTURA SEAWAY y la orden de liberación del puerto de destino.

Puerto de Paraguay: acepta liberación de télex y SEAWAY BILL y orden de liberación del puerto de destino.

Puerto de Panamá: acepta liberación de télex y SEAWAY BILL y orden de liberación del puerto de destino.

Además, algunos países de América Central y del Sur, como Brasil, Nicaragua, Guatemala, Honduras, El Salvador, Costa Rica, Dominica, Venezuela, etc., son todos países que pueden entregar mercancías sin conocimiento de embarque. En estos países, siempre que las mercancías se descarguen del barco al muelle, los derechos sobre las mercancías ya pertenecen al destinatario, y el destinatario puede declarar y recoger las mercancías en la aduana sin intercambiar D/O con el envío. compañía.

Amigos que realizan envíos a estos países, asegúrese de recordarle al remitente con anticipación que el conocimiento de embarque no controla los derechos de las mercancías. Preste más atención a los productos de América Central y del Sur y África.